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Como consecuencia de la aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público, se modifica el procedimiento de presentación y gestión de las facturas en la Universidad Pública de Navarra.
Nueva información a incluir en todas las facturas
Los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Universidad deberán incluir en sus facturas (tanto electrónicas como en papel) nuevos campos. Estos campos son:
CAMPO | CONDICIÓN | INFORMACIÓN ADICIONAL | ||
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Oficina Contable | Obligatorio | Se corresponden con los códigos de la unidad que demanda el bien o servicio en el sistema «Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas DIR3». Los demandantes del bien o servicio deberán facilitar los códigos correspondientes al proveedor en el momento de realizar el pedido. El proveedor también podrá consultar los códigos de los campos obligatorios de la Universidad en la plataforma FACe (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado) y en este documento. | ||
Órgano Gestor | Obligatorio | |||
Unidad Tramitadora | Obligatorio | |||
Órgano proponente |
Obligatorio para Investigación
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Investigación: Obligatorio incluir en el código del Órgano Proponente el código del proyecto, compuesto de 10 dígitos que le facilitará el demandante del pedido. En la descripción se podrá introducir información adicional como la referida al nombre y dos apellidos del investigador responsable de la adquisición. Resto: Opcional, se deberá incluir la información que, en su caso, facilite el demandante del pedido referida al nombre y dos apellidos del investigador responsable de la adquisición o código del proyecto. |
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En el caso de la factura electrónica, el proveedor recogerá estas unidades, oficinas y órganos bajo la etiqueta de centros administrativos del “<BuyerParty>” de la factura. Los campos en los que se deben introducir los datos son los relativos al “Código” y a la “Descripción”. Siguiendo el esquema del formato Facturae versión 3.2.x.: |
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Descripción | ROL | RoleTypeCode | CentreCode | |
Oficina Contable | Fiscal | 01 | Código DIR3 | |
Órgano Gestor | Receptor | 02 | Código DIR3 | |
Unidad Tramitadora | Pagador | 03 | Código DIR3 | |
Órgano proponente | Comprador | 04 | Código facilitado por Upna | |
Expediente de contratación | Opcional
- código EXP. - |
Se deberá incluir la información que, en su caso, facilite el demandante del pedido referida al código del expediente contable del pedido). La estructura del código es la siguiente: xxxx/xxxxxxx, con un total de 12 dígitos: 4 dígitos para el año, 1 dígito para la barra de separación (/) y 7 dígitos para un secuencial del expediente. Por ejemplo: 2015/0000027. | ||
En el caso de la factura electrónica, la información del número del expediente de contratación asociado a la factura, deberá recogerse en el campo <FileReference> de la primera línea de los conceptos de la factura. |
El proveedor que expida facturas por la entrega de bienes o los servicios prestados a la Universidad Pública de Navarra podrá presentarla en formato electrónico o en papel.
FACTURA ELECTRÓNICA | FACTURA EN PAPEL |
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Algunos proveedores tendrán OBLIGACIÓN de presentarlas en formato electrónico (conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 25/2013). ¡¡ Vea las VENTAJAS que tiene frente a la factura en papel !! | El proveedor que expide la factura en papel la presentará en el registro administrativo de la Universidad, bien en el Campus de Pamplona o en el de Tudela. Ver horarios y localización de las oficinas de Registro. |
Presente aquí sus facturas, sin desplazarse: |
Requisitos técnicos de las facturas electrónicas
Las facturas electrónicas se ajustarán al formato estructurado de factura electrónica Facturae versión 3.2.x. y deberán estar firmadas electrónicamente con un certificado electrónico reconocido (admitido por el FACe).
>>> Para generar las facturas con este formato podrá utilizar:
Entre las ventajas que supondrá la factura electrónica destacan las siguientes:
Mejora del servicio a los proveedores
Reducción de costes y sostenibilidad
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha desarrollado una aplicación de gestión de facturación electrónica que permite la generación de facturas en el formato requerido por la ley 25/2013 de una manera cómoda y sencilla. Un programa especialmente dirigido a PYMEs, microPYMEs y autónomos.
Programa informático gratuito para generación de facturas electrónicas (para facturar a las AA.PP.):
DESCARGAR APLICACIÓN DE ESCRITORIO
Validación de facturas electrónicas
Visualización de facturas electrónicas
Conversión entre versiones del formato facturae
Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público:
Orden ministerial sobre la expedición y presentación de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Adminsitración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de ésta:
Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación:
Orden ministerial por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas en el Sector Público:
Orden ministerial por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas:
Resolución por la que se establecen las condiciones de uso del FACE-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la AGE:
Resolución por la que se establecen las condiciones técnicas normalizadas del punto general de entrada de facturas electrónicas: